Requisitos para cobrar el subsidio de contención familiar de $15.000

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La Anses les abona el subsidio de Contención Familiar de $15.000 a las familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Desde el ocho de agosto del 2020 y, se ha incluido a los familiares directos de personas que han fallecido por COVID 19.

subsidio de contención familiar de $15.000

Anses paga la asignación por sepelio

Además de dar diferentes prestaciones como por ejemplo la Asignación Familiar por Hijo (AUH) y jubilados y pensionados, La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), que actualmente maneja María Fernanda Raverta, otorga un subsidio de contención familiar.

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Si bien el pago ya estaba vigente y cubría a las familias de los beneficiarios de alguna prestación de Anses que han fallecido, a partir del ocho de agosto del 2020 se ha incluido a los familiares directos, ya sean cónyuges o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija, de personas que han muerto por Covid-19 y que estén en situación de vulnerabilidad social y económica.

Anses otorga el subsidio de Contención Familiar de $15.000

Este beneficio es una asignación de pago único, que se abona a las familias en situación de vulnerabilidad por el fallecimiento de un familiar. Generalmente, el monto del subsidio es de seis mil pesos si el fallecimiento se ha producido hasta el 8 de agosto de 2020, pero si fue posterior a dicha fecha, el monto va a ser de quince mil pesos.

Los requisitos para tramitar el subsidio

Que se haya acreditado el fallecimiento en Anses; que la persona muerta haya tenido una jubilación o pensión brindada por el organismo (o en trámite, con el derecho ya otorgado); que la persona haya muerto por el COVID 19; que no haya pasado más de un año desde el fallecimiento o que no haya pasado más de un año desde el fallecimiento a consecuencia del Covid-19.

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Se les otorga el subsidio de Contención Familiar de $15.000 a los jubilados o pensionados que acrediten haber abonado los gastos de sepelio o cremación o inhumación; a viudos, viudas, convivientes previsionales, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento y otros herederos o herederas de la persona fallecida.

En relación al Covid-19:

Los familiares directos, como cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija, de personas que han muerto en situación de vulnerabilidad que validen haber abonado los gastos de sepelio o cremación o inhumación. Entre ellas pueden acceder:

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  • Desocupados o desocupadas.
  • Trabajadores o trabajadoras informales.
  • Monotributistas de las categorías A y B.
  • Personal de casas particulares.
  • Titulares de la Asignación por Embarazo (AUE).
  • Madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes que reciban la AUH.
  • Madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad que reciban la AUH.

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