Requisitos para cobrar el subsidio de contención familiar de $15.000
La Anses les abona el subsidio de Contención Familiar de $15.000 a las familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Desde el ocho de agosto del 2020 y, se ha incluido a los familiares directos de personas que han fallecido por COVID 19.
Anses paga la asignación por sepelio
Además de dar diferentes prestaciones como por ejemplo la Asignación Familiar por Hijo (AUH) y jubilados y pensionados, La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), que actualmente maneja María Fernanda Raverta, otorga un subsidio de contención familiar.
Si bien el pago ya estaba vigente y cubría a las familias de los beneficiarios de alguna prestación de Anses que han fallecido, a partir del ocho de agosto del 2020 se ha incluido a los familiares directos, ya sean cónyuges o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija, de personas que han muerto por Covid-19 y que estén en situación de vulnerabilidad social y económica.
Anses otorga el subsidio de Contención Familiar de $15.000
Este beneficio es una asignación de pago único, que se abona a las familias en situación de vulnerabilidad por el fallecimiento de un familiar. Generalmente, el monto del subsidio es de seis mil pesos si el fallecimiento se ha producido hasta el 8 de agosto de 2020, pero si fue posterior a dicha fecha, el monto va a ser de quince mil pesos.
Los requisitos para tramitar el subsidio
Que se haya acreditado el fallecimiento en Anses; que la persona muerta haya tenido una jubilación o pensión brindada por el organismo (o en trámite, con el derecho ya otorgado); que la persona haya muerto por el COVID 19; que no haya pasado más de un año desde el fallecimiento o que no haya pasado más de un año desde el fallecimiento a consecuencia del Covid-19.
Se les otorga el subsidio de Contención Familiar de $15.000 a los jubilados o pensionados que acrediten haber abonado los gastos de sepelio o cremación o inhumación; a viudos, viudas, convivientes previsionales, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento y otros herederos o herederas de la persona fallecida.
En relación al Covid-19:
Los familiares directos, como cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija, de personas que han muerto en situación de vulnerabilidad que validen haber abonado los gastos de sepelio o cremación o inhumación. Entre ellas pueden acceder:
- Desocupados o desocupadas.
- Trabajadores o trabajadoras informales.
- Monotributistas de las categorías A y B.
- Personal de casas particulares.
- Titulares de la Asignación por Embarazo (AUE).
- Madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes que reciban la AUH.
- Madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad que reciban la AUH.
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