El Gobierno Nacional por medio de un decreto lanzo el bono para Asignaciones Familiares (AAFF) que paga mensualmente la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Las sumas se van a otorgar en octubre y noviembre.
¿Quiénes cobraran el bono de Anses?
Van a ser beneficiarios quienes sean trabajadores y las trabajadoras que realicen servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, siempre y cuando el Ingreso del Grupo Familiar (IGF) determinado en el Decreto Nº 1667/12 que este dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
Asimismo, el bono para Asignaciones Familiares (AAFF) también se les va a otorgar a los y las contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que tributen en las categorías A, B, C o D; para los que tengan titulares de la Asignación por Hijo que cobren SUAF del primer o del segundo rango establecido en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
El monto del complemento mensual que se va a pagar en el mes de octubre de 2021 va a consistir en una suma no remunerativa de 5.063 pesos para personas con Ingresos del Grupo Familiar estén dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
Nuevo bono para Asignaciones Familiares (AAFF)
Mientras que, se otorgara una suma no remunerativa equivalente a 3.415 pesos, para las personas cuyos ingresos del grupo familiar estén dentro del segundo rango de ingresos o que estén tributando en la categoría D del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
El monto de las sumas no remunerativas va a volver a adecuarse a partir de noviembre y van a poder llegar a una suma de 10.126 pesos para el primer grupo y de 6.830 pesos, para el segundo, -incluido en los dos el valor general de la Asignación Familiar por Hijo que corresponda al primer rango de ingresos establecidos en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen-.