Confirman aumento para el servicio doméstico del 119% anual

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Luego de extensas reuniones el gremio de trabajadores de casas particulares ha logrado un acuerdo para realizar el aumento para el servicio doméstico con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS).

aumento para el servicio doméstico

Trabajadores de casas particulares con aumento

Después de cuatro largas jornadas, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social finalmente resolvió cerrar la paritaria los trabajadores de casas particulares con un 24 por ciento de incremento en su salario.

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Según lo que se informado, los porcentajes se van a pagar en cuatro cuotas, aplicables en los meses de diciembre de 2022, enero, febrero y marzo de 2023 cada una con un porcentaje diferente y, posiblemente se reunirán para darle continuidad a la negociación salarial.

Aumento para empleadas domésticas escalonado

  • Diciembre: 8 por ciento
  • Enero: 7 por ciento
  • Febrero: 5 por ciento
  • Marzo: 5 por ciento

De este modo, el salario por hora para la “quinta categoría” o tareas generales, que la más numerosa, se ubica actualmente en 493 pesos con retiro y 531 pesos sin retiro, con el aumento pasara a 532 pesos y 574 pesos, respectivamente. En el caso de las que cobran salario mensual, con el aumento del 8% el básico pasara a 65.987 pesos con retiro y 72.710 pesos sin retiro.

Considerando el año paritario los trabajadores de casas particulares, es decir, de marzo del 2022 a marzo de 2023, el aumento para el servicio doméstico total llego al 119 por ciento, lo que desde el gobierno ven como un buen ajuste.

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¿Qué tarea realiza cada categoría de servicio doméstico?

Primera categoría: Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

Segunda categoría: Personal para tareas específicas: cocineros contratados de forma exclusiva para realizar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo

Tercera categoría: Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

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Cuarta categoría: Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños, adolescentes, adultos mayeros.

Quinta categoría: Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

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