Como Jubilarse sin cumplir los Requisitos de Aportes
Jubilarse sin cumplir los requisitos de aportes: cuáles son los planes de moratoria que están vigentes
Como el tema lo indica en el día de hoy hablaremos de como Jubilarse sin requisitos, un tema demasiado recurrente ya que son cientos de miles de personas que desean jubilarse pero no saben concretamente sobre los requisitos de aportes. Por ello hemos decidido crear este post.
- Plan vigente que sirve tanto para varones como para mujeres y que condiciones tiene:
En el año 2006, se reglamentó la ley 24.476, de 1995, y, desde entonces, se determinó un plan de moratoria que es de carácter permanente, pero que a la vez posee un vencimiento "natural", siempre dependiendo de la edad de cada persona, ya que da al posibilidad de declarar deudas por aportes no abonados que correspondan a lapsos de tiempo de hasta septiembre de 1993. Por tal motivo, hoy puede servir dependiendo de la situación previsional: por ejemplo, en el caso de un varón que recientemente ha cumplido los 65 años de edad tendría la posibilidad de declarar deuda por hasta 22 años y 6 meses y, entonces, la moratoria le lograría alcanzar para jubilarse si tiene por lo menos 7 años y medio de aportes ya ingresados y registrados.
De tal modo, completaría los 30 años necesarios para una jubilación regular. Los 22 años y 6 meses representan el tiempo que transcurrió entre el momento en que la persona cumple los 18 años de edad y el último mes por el que se ha podido ingresar en la moratoria.
Ahora, en el caso de una mujer, que recientemente cumplió 60 años de edad, tendría la posibilidad de acceder a una moratoria por los aportes que equivalen a 17 años y medio, y tendría que tener ya contribuidos 12 años y 6 meses. Una alternativa en el caso de no tener dichos aportes previos, es demorar la solicitud de la jubilación y contribuir hasta completar el requisito.
Durante ese lapso de tiempo, siempre que se tengan los 65 años de edad, podría percibirse el cobro mensual de la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM), dependiendo de lo que señala el abogado Adrián Tróccoli. En dicho caso, y teniendo en cuenta lo que el dijo el previsionalista, se deberá tener en cuenta que por cada dos años que alguien se haya excedido de la edad mínima jubilatoria, puede contarse como un año de aporte.
- Existe alguna alternativa para las mujeres?
Se encuentra en vigencia la Ley 26.970, de 2014, prorrogado también en el año 2016. Que da la posibilidad de incluir deudas por servicios hasta el mes de diciembre de 2003 y es para aquellas mujeres que cumplan entre 60 años de edad entre el 23 de Julio de 2016 y el mismo día de 2019.
- Y para los varones?
La resolución 4222, de la Anses y la AFIP, que fue publicada el día martes en el Boletín Oficial, reglamenta los artículos de una ley que reinstala una moratoria para los varones referida a los periodos anteriores al año 2004. Pero en el caso de quienes cumplieron los 65 años de edad en 2004 y la adhesión se encuentra vigente hasta el día 23 de julio próximo. La discusión o tema en este caso es el alcance de este plan que había llegado a la Justicia, desde donde se le ordeno al Gobierno emitir una reglamentación.
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