Programa AlimentAR: ¿Como recibir la Tarjeta Alimentaria?
Nueva Tarjeta de Alimentos: ¿Que hay que hacer para tenerla?
El Ministerio de Desarrollo Social ha comenzado a entregar en algunas localidades la nueva tarjeta de Alimentos del programa Argentina Contra el Hambre, por el que se creó el Programa AlimentAR.
Este es un beneficio que se comenzara a aplicar por provincia y no va a ser necesario hacer gestiones o tramites ya que se implementara de manera automática debido al cruce de base de datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social y el Ministerio de Desarrollo Social.
Ahora, quien va a poder percibir la nueva tarjeta de Alimentos del Programa AlimentAR, todos aquellos que sean:
- Madres y / o padres con hijos de hasta 6 años de edad a su cargo.
- Mujeres en estado de gestación a partir de los tres meses en adelante.
- Personas con discapacidades.
El Ministro de Desarrollo Social, Daniela Arroyo, titular de la cartera ha dicho que la tarjeta va a ser otorgada mediante el banco que determine cada provincia, por tal motivo, variaran las fechas de emisión.
A su vez, se encargó de aclarar que esta medida “no suplanta ninguna de las políticas sociales existentes. No reemplaza a la AUH, ni es excluyente con otros planes”.
Teniendo en cuenta toda esta información actualizada de la nueva tarjeta de Alimentos, es necesario aclarar el tema de la Libreta de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Sobre la libreta de la AUH no hay nada muy claro ya que si se han percibido atrasos en los pagos de la misma por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Hasta que no haya un comunicado oficial o que se regularice el tema no podemos especular con nada al respecto.
A continuación aclararemos que no está demás que quienes no hayan presentado la libreta a lo largo del 2019 perteneciente a la retención del 20% del 2018, deberán hacerlo antes del 31 de diciembre o bien, solicitar el turno antes de esa fecha e ir en 2020 (si así lo dispone el turno o el sistema) a presentar el formulario y cumplir con este requisito para el cobro del retenido y habilita el cobro durante un año más el pago de la prestación.
Si presentan el Formulario Libreta, el haber de la retención será:
Período de retención 2018 | Retención por mes | Retención acumulada | ||
Por hijo | Por hijo con discapacidad | Por hijo | Por hijo con discapacidad | |
Enero a febrero 2018 | 282 pesos | 921 pesos | 564 pesos | 1.842 pesos |
Marzo a mayo | 298 pesos | 973 pesos | 895 pesos | 2.921 pesos |
Junio a agosto | 315 pesos | 1.029 pesos | 946 pesos | 3.088 pesos |
Septiembre a noviembre | 338 pesos | 1098 pesos | 1.016 pesos | 3.294 pesos |
Diciembre | 363 pesos | 1.183 pesos | 363 pesos | 1.183 pesos |
Total anual | 3.787 pesos | 12.330 pesos |
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