Como ser Apoderado de un Jubilado y cuales son los Requisitos

Advertisement

Apoderado de Jubilado en ANSES: REQUISITO y TRAMITE

El apoderado de un jubilado tiene la posibilidad de hacer los tramite que requiera dicho beneficiario y también podrán cobrar sus haberes mensuales.

Apoderado de un Jubilado

Requisitos para ser apoderado de un jubilado o pensionado del SIPA

Todo jubilado que requiera de ayuda al momento de hacer sus trámites o para ir a cobrar puede solicitar un apoderado, para ello es necesario que esa persona cumpla con una serie de requisitos:

Advertisement
  • Tienen que tener más de 18 años de edad. En caso de que la persona tuviera menos de 18, tiene que ser emancipado (la única forma de emanciparse es estando casado).
  • Deberá estar registrado en el sistema biométrico Mi Huella.
  • Presentar una copia y original del DNI del apoderado.
  • Presentar una copia y original del DNI del jubilado.

El apoderado de un jubilado puede ser un familiar, representante diplomático, cuidador, abogado, entre otros. Dependiendo de para que sea el trámite, se va a definir una clase de apoderado. Hay un grupo designado para los trámites y otro para los cobros de las pensiones y haberes. Este tercero tiene que ser mayor de 18 años de edad y encontrarse registrado en el sistema biométrico.

El apoderado para hacer trámites puede ser:
  • Familia: cónyuge, padres, hijos, abuelos, bisabuelos, nietos, tíos, bisnietos, primos, hermanos, nueras o yernos, sobrinos, suegros, hijastros y cuñados.
  • Curadores o tutores.
  • Abogados y gestores que se encuentren registrados ante la Anses.
  • Representantes diplomáticos y consulares.
También se puede ser un apoderado de un jubilado para cobrar mensualmente su haber mensual, y podrán ser:
  • Familiar directo o no.
  • El banco en caso de que el interesado resida en el exterior. En este caso, el banco elegido tendrá que contar con “giro al exterior”.
  • Cualquiera de las entidades públicas nacionales, regionales y municipales.
  • Todas aquellas personas internadas en hospitales pueden optar por los directores o administradores de dicho centro médico.
  • Un ciudadano temporal cuando no cuente con la posibilidad de movilizarse.
  • Mutuales e instancias de asistencia social.
  • Abogados y procuradores certificados ante escribano.

Que tengo que presentar para ser apoderado

  • Cónyuge: tendrán que llevar el original y una copia acta de matrimonio.
  • Otro familiar: documento en el que se compruebe el parentesco. Entre ellos, DNI (Documento Nacional de Identidad), partidas de nacimiento u otros.
  • si el apoderado es una Entidad bancaria tendrán que presentar el formulario PS 6.4 firmada y sellada por la banca.
  • Tutor: presentar la sentencia judicial en la que se indique que opera como representante legal en original y copia.
  • Curador: presentar la sentencia judicial en la que se explique que es curador en su versión original y una fotocopia.
  • Abogado: llevar la credencial vigente, carta poder, Formulario PS 6.300 y el Formulario PS 6.304.

Advertisement
Advertisement

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir